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Requisitos para Registro de Contratistas

Secretaría de Gobierno del Estado de Sonora

Requisitos para Registro de Contratistas

A TODOS LOS PROVEEDORES DE BIENES Y PRESTADORES DE SERVICIOS

Con  apego a  la  Ley de Adquisiciones,  Arrendamientos y  Prestación  de Servicios  relacionados  con  Bienes muebles de la Administración pública del Gobierno del Estado de Sonora, nos permitimos hacer una atenta invitación, con el fin de que se Inscriba en el Registro Simplificado de Proveedores de Bienes y Prestadores de Servicios del Gobierno del Estado de Sonora cuyos requisitos son los siguientes.

El trámite se realiza vía electrónica enviando los documentos escaneados en formato pdf a los correos adrian.lopez@haciendasonora.gob.mx y adquisicionessonora@gmail.com con el C. Adrián López Monreal (Teléfonos 217-5194), con los siguientes documentos:

DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA 

  1. Solicitud de inscripción al Registro Simplificado de acuerdo al formato anexo al reverso (ANEXO 1).

  2. Fotocopia del Acta Constitutiva para Personas Morales.

  3. Fotocopia del Acta de Nacimiento para Personas Físicas.

  4. Fotocopia de Constancia de Situación Fiscal.

  5. Fotocopia de Comprobante de domicilio Fiscal.

  6. Fotocopia  de  la   identificación vigente  del  dueño  o  representante  legal,  en  el  caso  del  representante legal, es necesario, que adjunte también fotocopia del poder.

  7. Declaración por escrito de no encontrarse en los supuestos del Articulo 63 de la ley de Obras Publicas y  Servicios Relacionados con  las mismas para el Estado de Sonora, de acuerdo al formato al reverso. (ANEXO 2)

Se describe a continuación el texto del Articulo 63:

“No se  podrán presentar propuestas, ni celebrar pedidos o contratos, las personas físicas o morales siguientes:

 I.- En los casos que lo prohíba la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y de los Municipios;

II.- Aquellos contratistas que, por causas imputables a ellos mismos se encuentren en situación de mora, respecto de la ejecución de otra u otras obras o servicios que tengan contratadas, así como aquéllos que la Dependencia o Entidad convocante les hubiere rescindido administrativamente por causas imputables a ellos un contrato dentro de un lapso de un año calendario contado a partir de la notificación de la rescisión. Dicho impedimento prevalecerá ante cualquier Dependencia, Entidad o Ayuntamiento;

III.- Los contratistas que se encuentren inhabilitados por resolución de la Contraloría o de alguna otra autoridad federal o municipal, o se encuentren en el padrón de empresas incumplidas, en términos de la presente ley;

IV.- Aquéllas que se encuentren involucradas o asociadas a procedimientos de responsabilidades seguidos en contra de servidores públicos;

V.- Aquéllas que hayan sido declaradas en suspensión de pagos, estado de quiebra o sujetas a concurso de acreedores;

VI .- Las que previamente hayan realizado o se encuentren realizando por sí o a través de empresas que formen parte del mismo grupo empresarial, en virtud de otro contrato, el proyecto; trabajos de dirección, coordinación, supervisión y control de obra e instalaciones; laboratorio de análisis y control de calidad, geotecnia, mecánica de suelos y de resistencia de materiales; radiografías industriales; preparación de especificaciones de construcción; presupuesto de los trabajos; selección o aprobación de materiales, equipos y procesos, o la elaboración de cualquier otro documento vinculado con el procedimiento;

VII.- Aquéllas que por sí o a través de empresas que formen parte del mismo grupo empresarial, pretendan ser contratadas para la elaboración de dictámenes, peritajes y avalúos, cuando éstos hayan de ser utilizados para resolver discrepancias derivadas de los contratos en que dichas personas o empresas sean partes;

VIII.- Las empresas que se hubiere acreditado que se coaliguen en los procedimientos de licitación para presentar presupuestos fuera del contexto normal del mercado, a fin de alterar precios o costos de las obras;

IX.- Los licitantes que participen en un mismo procedimiento de contratación, que se encuentren vinculados entre sí por algún socio o asociado común; y

X.- Las personas que tengan algún impedimento de acuerdo con la Ley.

 

Descargar el Anexo Registro Padrón de Contratistas

Lada sin costo

Vía Whatsapp